En musicing.es insistimos siempre en lo mismo: crecer como profesional creativo implica conocer la ley. No basta con tener talento; también necesitas seguridad jurídica para trabajar, facturar y desarrollar tu proyecto sin riesgos.
Vender sin ser autónomo puede parecer algo inofensivo, pero la realidad es que tiene implicaciones legales importantes. Aquí te explico de forma clara cuándo es legal, cuándo no y cómo evitar sanciones.
1. Vender sin Ser Autónomo: ¿Qué es legal y qué no?
Actividad económica vs. ventas ocasionales
La ley distingue entre:
- Ventas ocasionales, puntuales y sin continuidad → No exigen ser autónomo.
- Actividad económica (recurrente, con intención de obtener ingresos) → Sí exige alta como autónomo.
El problema surge cuando una actividad que consideras “pequeña” o “casual” es interpretada por Hacienda o Seguridad Social como profesional.
Riesgos reales
Si vendes o facturas sin estar dado de alta como autónomo de forma continuada, te expones a:
- Multas de Hacienda por no declarar ingresos.
- Recargos de Seguridad Social por no cotizar cuando corresponde.
- Sanciones por actividad económica encubierta.
- Devolución retroactiva de cuotas e intereses.
La buena intención no te libra de la responsabilidad.
2. Ejemplos Comunes en el Mundo Creativo
Esto afecta especialmente a:
- Músicos que ofrecen bolos, clases o producción “de vez en cuando”.
- Freelancers creativos que realizan encargos puntuales.
- Ventas online de productos (arte, servicios, música, merch).
- Personas que monetizan contenido digital sin estar registradas.
Si la actividad se repite o genera ingresos constantes, Hacienda la considera profesional.
3. Cómo Evitar Sanciones
Alternativas legales sin ser autónomo
Si no tienes ingresos constantes o estás empezando, hay opciones:
- Facturar a través de otras empresas que se encargan de tramitar el alta temporal (siempre dentro de la normativa).
- Contratos por cuenta ajena puntuales (si un tercero te contrata como artista).
- Servicios sin habitualidad, documentados y realmente esporádicos.
Estas vías te permiten cumplir con la ley sin asumir la cuota mensual del autónomo.
Cuándo darse de alta como autónomo
Si:
- Tienes ingresos recurrentes.
- Tu actividad requiere continuidad.
- Trabajas con varios clientes.
- Ofreces servicios de forma estable.
Entonces debes darte de alta en Hacienda (modelo 037) y en el RETA como autónomo.
Es fácil, rápido y te evita sanciones.
4. Excepciones y Casos Especiales
Umbral de ingresos
Aunque se habla mucho de un “umbral mínimo” para no ser autónomo (por debajo del SMI), no existe una norma oficial.
La clave es la habitualidad, no la cantidad.
Actividades exentas o pluriactividad
Algunas actividades culturales pueden estar exentas de IVA o tener un tratamiento fiscal especial.
Y si ya eres asalariado, puedes combinar ambas actividades mediante pluriactividad, lo que reduce costes y cotizaciones.
Evita sanciones y factura sin miedo
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