Te han salido tres bolos este mes y alguien te ha dicho que puedes darte de alta como autónomo «solo por un mes» para facturarlos. Suena bien, ¿verdad? Pagar una cuota, facturar, y luego darte de baja hasta el próximo bolo. Pero antes de lanzarte, necesitas saber si esto realmente tiene sentido para ti o si te va a salir más caro el collar que el perro.
Aquí va todo lo que necesitas saber sobre las altas temporales como autónomo para músicos, sin rodeos.
¿Se puede hacer realmente?
Sí, técnicamente puedes darte de alta como autónomo de forma temporal, facturar tus conciertos y luego darte de baja. Es legal. La Seguridad Social no te va a poner problemas por ello.
Pero (y es un «pero» importante): tiene que tener sentido económico y administrativo para que merezca la pena. Porque aunque sea legal, puede que no sea la mejor opción para tu caso.
Cuándo tiene sentido darte de alta temporal
Escenario 1: Vas a facturar más que el SMI en un periodo corto
Si tienes confirmados varios bolos en un mes o dos y vas a cobrar una cantidad decente (por encima del Salario Mínimo Interprofesional, que en 2025 está en torno a 1.323€), entonces sí puede tener sentido darte de alta temporalmente.
Ventajas:
- Estás completamente legal
- Puedes aplicar las retenciones y el IVA correctamente
- Cotizas para tu jubilación (algo es algo)
- Si eres nuevo, puedes beneficiarte de la tarifa plana
Escenario 2: Eres nuevo autónomo y puedes usar la tarifa plana
Si es tu primera vez como autónomo (o no has estado dado de alta en los últimos 2-3 años), puedes beneficiarte de la tarifa plana de 80€ al mes durante 12 meses.
En este caso, darte de alta tiene mucho más sentido porque pagas muy poco y puedes facturar todo lo que te salga durante ese año sin preocuparte.
Requisitos para la tarifa plana:
- No haber estado de alta como autónomo en los últimos 2 años (o 3 años si ya usaste la tarifa plana antes)
- No ser autónomo colaborador
- Estar al día con Hacienda y la Seguridad Social
Cuánto vas a pagar realmente
Aquí viene la parte que necesitas calcular bien antes de decidir.
Si eres nuevo: Tarifa plana
- Primer año: 80€/mes (en realidad unos 87€ con todos los conceptos)
- Segundo año: Otros 80€/mes si tus ingresos no superan el SMI y lo solicitas a tiempo
- Después: Cotizas según tus ingresos reales (mínimo unos 205€/mes)
Si ya has sido autónomo antes: Cuota normal
Si no puedes acceder a la tarifa plana, pagas según tus ingresos:
- Cuota mínima en 2025: Unos 205€/mes (si cotizas por la base mínima)
- Cuota variable: Según lo que factures, puede subir
Caso especial: Artistas con ingresos muy bajos
Si eres artista autónomo y tus ingresos anuales no superan los 3.000€ (250€ al mes), puedes cotizar con una base reducida:
- Cuota fija: 165€/mes aproximadamente
Pero seamos realistas: si solo cobras 250€ al mes de media, probablemente no te compensa ni estar de alta.
El coste real de las altas y bajas temporales
Aquí es donde muchos músicos se la pegan. Veamos un ejemplo real:
Ejemplo: Te salen 2 bolos en marzo que suman 800€. Decides darte de alta temporal.
Costes:
- Cuota de marzo: 205€ (si no tienes tarifa plana)
- Alta en Hacienda: Tramitar el modelo 037 (gratis si lo haces tú)
- Tiempo de gestión: Unas horas entre el alta, facturación y declaraciones
- Baja: Tienes que comunicarla antes de fin de mes o pagas otro mes
Resultado: De esos 800€, restas:
- 205€ de cuota de autónomos
- IVA que tienes que declarar (aunque lo cobres, luego lo pagas)
- Retención de IRPF (que luego declaras en la renta)
- Tiempo y posibles errores administrativos
¿Te sale a cuenta? Depende, pero empieza a ser justo.
Las trampas de las altas y bajas constantes
La Seguridad Social no te va a multar por darte de alta y baja varias veces, pero hay cosas que debes saber:
Trampa 1: El plazo de baja
Si te das de alta el 1 de marzo y te olvidas de tramitar la baja antes de fin de mes, pagas también abril completo. No es proporcional.
Trampa 2: Las declaraciones siguen
Aunque estés de baja, tienes que seguir presentando declaraciones trimestrales de IVA e IRPF por lo que hayas facturado. No te libras del papeleo.
Trampa 3: Pierdes la continuidad
Si te das de alta y baja constantemente, pierdes continuidad en tu cotización. Eso significa que luego no tienes derecho a prestaciones (paro, baja por enfermedad, etc.).
Trampa 4: Es un coñazo administrativo
Seamos sinceros: estar pendiente de altas, bajas, declaraciones y fechas es un rollo. Si tienes bolos irregulares, pasarás más tiempo gestionando papeles que tocando.
Alternativas a darte de alta temporal
Antes de decidir, mira estas opciones:
Opción 1: Que te den de alta en el régimen de artistas
Lo más correcto legalmente es que el promotor del concierto te dé de alta en la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena en el régimen especial de artistas.
Cómo funciona:
- El promotor te da de alta solo por los días del concierto
- Te paga mediante nómina (no facturas)
- Tú cotizas esos días específicos
- No pagas cuota de autónomo
El problema: Muchos promotores no quieren complicarse y te exigen factura. Pero legalmente, si existe dependencia y ellos organizan todo, deberían contratarte así.
Opción 2: Servicios de facturación (Musicing y similares)
Existen empresas especializadas que actúan como empleadores temporales para artistas:
Cómo funciona:
- Ellos te dan de alta en la Seguridad Social por cada actuación
- Emiten la factura al promotor
- Te pagan a ti mediante nómina
- Cobran una comisión o un precio fijo por el servicio
Ventajas:
- Estás legal y cotizando
- No tienes que ser autónomo
- Ellos se encargan de todo el papeleo y tu te olvidas de complicarte la vida
Desventajas:
- Pierdes una parte de tus ingresos en comisiones o coste fijo por este servicio intermediario
- Solo sirve si el promotor acepta trabajar así
Si te interesa contratar este servicio en Musicing, ponte en contacto con nosotros.
Opción 3: Facturar sin ser autónomo (con precaución)
Si tus conciertos son realmente esporádicos y no superas el SMI anual, existe jurisprudencia que permite facturar sin estar dado de alta en autónomos.
Requisitos (ojo, esto es terreno pantanoso):
- Actividad ocasional y no habitual
- Ingresos por debajo del SMI anual
- No es tu actividad principal
- Debes estar dado de alta en Hacienda (modelo 037)
- Declaras los ingresos en la renta
El riesgo: La Seguridad Social puede decidir que sí deberías estar dado de alta y reclamarte las cuotas atrasadas con recargo del 20% más posibles sanciones (300€ a 3.000€).
En la práctica: Mucha gente lo hace para facturar 2-3 conciertos al año. Es una zona gris. Si te pillan, tendrás que pagar. Tú decides si asumes el riesgo, pero si es así tenemos un curso que te viene de perlas.
Opción 4: Asociación cultural
Si sois un grupo, podéis constituir una asociación cultural sin ánimo de lucro. Las asociaciones pueden emitir facturas exentas de IVA si cumplen ciertos requisitos.
Requisitos:
- Carecer de finalidad lucrativa
- Los cargos directivos deben ser gratuitos
- Los socios no pueden ser los principales destinatarios de los servicios
Ventajas:
- No pagas IVA (21% menos)
- Podéis organizaros como grupo
- Menores costes administrativos
Desventajas:
- Hay que constituirla y gestionarla
- Trámites burocráticos iniciales
- No sirve si quieres facturar a título individual
¿Qué opción elegir?
Depende de tu situación:
Si tienes bolos regulares (2-3 al mes o más): Date de alta como autónomo de forma continuada. Con la tarifa plana los primeros 12 meses, sale muy a cuenta. Deja de pensar en altas y bajas temporales.
Si tienes 1-2 bolos al mes de forma irregular: Valora servicios como Musicing o exige al promotor que te dé de alta en el régimen de artistas.
Si tienes 2-4 bolos AL AÑO: Probablemente no compensa ser autónomo. Puedes arriesgarte a facturar sin alta (asumiendo el riesgo) o buscar que el promotor te contrate correctamente.
Si es tu primer año y tienes varios bolos confirmados: Date de alta con tarifa plana, aprovecha el año entero pagando 80€/mes y factura todo lo que te salga.
Cómo darte de alta temporal (si decides hacerlo)
Si finalmente decides que tiene sentido, aquí va el proceso:
Paso 1: Alta en Hacienda
- Modelo 037 online
- Elige tu epígrafe IAE (031, 032, 033, 034 o 039 según tu actividad)
- Indica si realizas actividades exentas de IVA (compositores)
Paso 2: Alta en la Seguridad Social
- A través de la web de la Seguridad Social
- Se puede hacer el mismo día del inicio de actividad
- Marca si solicitas tarifa plana (si cumples requisitos)
Paso 3: Facturar
- Emite tus facturas con IVA (10% o 21% según corresponda)
- Aplica retención de IRPF (7% si cumples requisitos del Estatuto del Artista, si no, 15%)
Paso 4: Baja
- Tramita la baja ANTES de que termine el mes si no quieres pagar el siguiente
- Modelo 037 de baja (Hacienda)
- Comunicación de baja en la Seguridad Social
Paso 5: Declaraciones
- Aunque estés de baja, presenta las declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) e IRPF (modelo 130 si aplica)
- Modelo 390 de resumen anual de IVA
- Declaración de la renta
Errores que te pueden salir caros
Error 1: Olvidarte de tramitar la baja a tiempo
Resultado: Pagas otro mes completo de cuota.
Error 2: Darte de baja y no presentar las declaraciones
Resultado: Sanciones de Hacienda por no presentar modelos obligatorios.
Error 3: Facturar antes de estar dado de alta
Resultado: La factura no es válida y puedes tener problemas con Hacienda y la Seguridad Social.
Error 4: No guardar justificantes de las fechas de alta y baja
Resultado: Si hay discrepancias, no puedes demostrar cuándo estuviste dado de alta.
Error 5: Asumir que «poca actividad = no hace falta estar de alta»
Resultado: Si la Seguridad Social considera que hay habitualidad, te reclama cuotas atrasadas más recargos del 20%.
La realidad del músico en España
Seamos claros: el sistema no está pensado para la intermitencia real de los músicos. Aunque el Estatuto del Artista ha mejorado algunas cosas (retenciones más bajas, cuota reducida para artistas con ingresos bajísimos), sigue siendo un sistema rígido para una profesión irregular.
Muchos músicos están en una situación complicada:
- No ganan lo suficiente para justificar una cuota fija mensual
- Pero tampoco pueden permitirse el riesgo de trabajar sin estar dados de alta
- Los promotores exigen facturas pero no quieren contratar laboralmente
Resultado: zona gris, inseguridad jurídica y músicos que acaban pagando de su bolsillo para poder trabajar.
Conclusión: calcula bien antes de decidir
Darte de alta temporal como autónomo puede tener sentido si:
- Tienes varios bolos concentrados en poco tiempo
- Puedes beneficiarte de la tarifa plana (80€/mes)
- Los ingresos justifican el coste y el tiempo de gestión
No tiene sentido si:
- Solo tienes 1-2 bolos esporádicos al año
- El coste administrativo y la cuota superan el beneficio
- Puedes optar por otras alternativas (régimen de artistas, Musicing, etc.)
Haz números reales con tus cifras. Si las cuentas no salen, busca alternativas. Y si tienes dudas, consulta con un asesor especializado en músicos antes de tomar la decisión.
Tu objetivo es poder tocar y cobrar por ello. La parte administrativa solo tiene que ser un trámite que funcione, no un obstáculo que te quite las ganas.
Si necesitas ayuda para gestionar tu situación como músico autónomo, en Musicing te ayudamos a entender todas las opciones sin perderte en la burocracia.
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